LAS LEYES FUNDAMENTALES DE
LA MONARQUÍA, de Fray Magín FERRER Y PONS
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La firme creencia en unos principios y en el sistema político que los soporta, exigía una continuidad frente a la engañosa retórica libertaria del constitucionalismo revolucionario. Desde mediados del XIX, el carlismo, en un lento proceso de maduración iba a consolidar un cuerpo de doctrina.
Así en 1843, Fray Magín Ferrer, religioso mercedario, profesor de teología en el Convento de Barcelona, y rector del de San Pedro Nolasco en Tarragona, que desde el principio estuvo en el campo carlista, siendo acaso el más decidido partidario de la resistencia militar, en su libro Las Leyes Fundamentales de la Monarquía Española según fueron antiguamente y según convienen que sean en la época actual, se nos muestra como el primer gran doctrinario político español. Es el primero en realizar un exhaustivo análisis histórico de la cuestión (t. I), y en exponer sistemáticamente (t. II) la necesidad y los beneficios de la representación corporativa gremial para poner a salvo la Religión y la Patria.
Su modelo constitucional no es un constructo ideológico de la razón humana, sino el reflejo fiel del orden público cristiano de los siglos. En él el Rey reina y gobierna, pero como cabeza del Estado estaría asesorado por el Consejo Real y asistido por unas Cortes integradas por doscientos miembros divididos en tres brazos: el de los nobles y grandes propietarios, los que podían reunirse por secciones (Aragón, Asturias, Cataluña, Valencia, etc.) para asesorar al Monarca en asuntos exclusivamente territoriales; el eclesiástico que constituiría una cámara separada, compuesta por los obispos; y un tercer brazo compuesto por representantes de gremios o corporaciones.
En fulminante contraste con la revolución institucionalizada, propia del parlamentarismo partitocrático, se demuestra el bien imprescindible de la unidad católica de los cuerpos políticos que componen la Monarquía, y del carácter no público de las deliberaciones de estos tres brazos, cuyos acuerdos, sin embargo, cuando son unánimes, y pese al poder solamente consultativo, serían moralmente vinculantes para el Rey, en conformidad al milenario derecho público cristiano.
Así, la Monarquía Católica ha de ser absoluta precisamente con el objeto de poner a salvo las libertades de los entes e individuos que la componen, frente al constitucionalismo liberal que en el nombre de la libertad establece la más vil tiranía de la mentira y de la opresión del pueblo, poco importa que sepa crear por algún tiempo la artera ilusión de bienestar material.
Estos dos tomos, aun hechos los ajustes a las actuales condiciones científicas, tecnológicas, económicas que se quiera, son la más viva demostración de que el modelo societario vigente no sólo es amoral sino incluso antinatural, porque va contra las más íntimas exigencias de la naturaleza humana, social e individualmente considerada.
INDICE
TOMO I
INTRODUCCION V
I. Del pueblo español y de las
clases que lo componen 19
II. De la forma de gobierno en España 35
III. De como se ha de entender el poder absoluto del Rey 49
IV. De la representacion del Reino en España 57
V. De las relaciones entre el Rey y las Cortes 79
VI. Observaciones notables acerca de lo que se ha dicho de las Cortes, y de sus
relaciones con el Monarca 99
VII. Del antiguo sistema de administración en los varios ramos del Estado 121
1. Del sistema de administración durante la época de los reyes godos 121
2. Del sistema de administración desde el tiempo de D. Pelayo hasta el de los Reyes Católicos 145
3. Del sistema de administración en el tiempo de los Reyes de la Casa de Austria y de la de Borbón 187
VIII. Del error capital en que en política se ha hecho incurrir á los Reyes de España 243
IX. De la Religión considerada como ley fundamental política de España 291
X. Observaciones sobre los reinos y provincias agregadas á la Corona de Castilla 337
TOMO II
INTRODUCCION V
I. De los españoles 17
II. Del Rey 37
III. Del órden que ha de tener el Rey en el ejercicio de su autoridad absoluta
65
IV. De las leyes fundamentales constitutivas de la Monarquía española 87
V. Del Cuerpo político que
representa al Reino 97
VI. Sobre si convendría la institución de Cortes provinciales 129
VII. De la parte que el clero debe tener en los negocios del Reino 149
VIII. Del régimen municipal 175
IX. De la administración de las provincias 207
X. De los Consejos y Oficiales del Rey 239
1. De las personas y cuerpos que tengan parte en los negocios de Gobierno 239
2. De los empleados en la administracion de Hacienda y otros ramos especiales 270
3. Del modo como haya de ejercerse
el poder judicial 286
XI. De la fuerza armada 305